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Consejería de Educación. Junta de Extremadura

LIBROS DE TEXTO PARA EL PRÓXIMO CURSO

LOS DOCUMENTOS DE SOLICITUD SE RECOGEN EN EL COLEGIO
1. Los padres o tutores legales del alumnado presentarán en la secretaría del centro la solicitud de préstamo de libros de texto, hasta el próximo 10 de mayo a las 14 horas siguiendo la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura, (Anexo I o II, según corresponda):
a) El alumnado usuario de préstamo de libros en el curso 2010/2011 cumplimentará el modelo de solicitud Anexo I: RENOVACIÓN.
b) El alumnado que no haya sido usuario de libros de texto en el curso 2010/2011 y solicite préstamo, cumplimentará el modelo de solicitud Anexo II: NUEVA ADJUDICACIÓN.

De acuerdo con el artículo 89.3 del Decreto 92/2008, de 9 de mayo, se incluirán en este apartado los solicitantes que, aun no cumpliendo los requisitos de renta o familia numerosa en el curso 2010/2011, recibieron el préstamo por existir fondos sobrantes.
2. El alumnado que no haya sido usuario de los libros de texto en el curso 2010/2011, acompañará a la solicitud (Anexo II) la siguiente documentación:
a) Título de familia numerosa, en su caso.
b) Si no se alega la condición de familia numerosa, la solicitud deberá acompañarse de las correspondientes autorizaciones para que la Agencia Estatal de Administración Tributaria suministre a la Consejería de Educación los datos relativos al nivel de renta de la unidad familiar (Anexo III). Dicha autorización no es obligatoria, en el caso de no
conceder dicha autorización, se deberá aportar una certificación expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria del nivel de renta de los miembros de la unidad familiar. Cuando la Agencia Estatal de Administración Tributaria no disponga de la información
de carácter tributaria necesaria para la acreditación de la renta, el solicitante deberá aportar certificación de haberes, declaración jurada o demás documentos que justifiquen la renta de la unidad familiar.