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Consejería de Educación. Junta de Extremadura

Claustro

 

Total: 18

 

El Claustro de Profesores.

 
El Claustro de Profesores es el órgano de participación de los maestros en el centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar y decidir sobre todos los aspectos docentes del mismo. El Claustro será presidido por el Director y estará integrado por todos los maestros que presten servicios docentes en el centro.

Son competencias del Claustro:

 
a) Elevar al equipo directivo propuestas para la elaboración del Proyecto educativo del centro y de la Programación General anual.
b) Establecer los criterios para la elaboración de los Proyectos Curriculares de etapa, aprobarlos, evaluarlos y decidir las posibles modificaciones posteriores de los mismos.
c) Aprobar los aspectos docentes de la Programación General anual del centro e informar ésta antes de su presentación al Consejo Escolar.
d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica.
e) Elaborar el Plan de Formación del profesorado del centro.
f) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar y en el Consejo del Centro de profesores.
g) Conocer las candidaturas a la Dirección y los programas presentados por los candidatos.
h) Aprobar los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios de los alumnos.
i) Aprobar la planificación general de las sesiones de evaluación.
j) Aprobar los criterios para la elaboración de los horarios de los maestros.
k) Analizar y valorar trimestralmente la marcha general y la situación económica del centro.
l) Analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general del centro a través de los resultados de las evaluaciones.
ll) Conocer las relaciones del centro con las instituciones de su entorno.
m) Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa o cualquier información referente a la marcha del mismo.
El Claustro se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el Director o lo solicite un tercio, al menos, de sus miembros. En todo caso, será preceptivo, además, una sesión de Claustro al principio del curso y otra al final del mismo. La asistencia a las sesiones del Claustro será obligatoria para todos los miembros.

Equipo Directivo

 

 Directora

María Isabel González González

 Jefe de Estudios
 Eva M. Calero Bonilla
 Secretario
Isabel Fernández Bonilla

 

    Los órganos unipersonales de gobierno constituyen el Equipo Directivo del Centro, formado por el /la Director/a y el /la Secretario/a.

 

 
Director

 

 

    El Director será elegido por el Consejo Escolar y nombrado por el Director Provincial del Ministerio de Educación y Ciencia. Son competencias del Director:

a) Ostentar la representación del centro y representar oficialmente a la Administración educativa en el centro, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas.
b) Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones vigentes.
c) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, de acuerdo con las disposiciones vigentes, sin perjuicio de las competencias del Consejo Escolar del centro.
d) Ejecutar la jefatura de todo el personal adscrito al centro.
e) Gestionar los medios humanos y materiales del centro.
f) Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones de todos los órganos colegiados del centro.
g) Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro y ordenar los pagos. h) Visar las certificaciones y documentos oficiales del centro.
i) Proponer el nombramiento de los cargos directivos y designar a los Coordinadores de ciclo y a los tutores.
j) Ejecutar los acuerdos de los órganos colegiados en el ámbito de su competencia.
k) Coordinar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar y procurar los medios precisos para la más eficaz ejecución de las respectivas competencias.
l) Elaborar con el equipo directivo la propuesta de Proyecto educativo del centro y de la Programación General anual, de acuerdo con las directrices y criterios establecidos por el Consejo Escolar y con las propuestas formuladas por el Claustro de Profesores y, asimismo, velar por su correcta aplicación.
ll) Convocar y presidir el Consejo Escolar, el Claustro y la Comisión de coordinación pedagógica del centro.
m) Promover e impulsar las relaciones del centro con las instituciones de su entorno. n) Elevar al Director Provincial la Memoria anual sobre las actividades y situación general del centro.
ñ) Facilitar la adecuada coordinación con otros servicios educativos de la zona.
o) Proporcionar la información que sea requerida por las autoridades educativas competentes.
p) Facilitar la información sobre la vida del centro a los distintos sectores de la comunidad escolar.
q) Garantizar el derecho de reunión de maestros, alumnos, padres de alumnos y personal de administración y de servicios, de acuerdo con los dispuesto en la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación.

    En caso de ausencia o enfermedad del Director, se hará cargo de sus funciones el Secretario, si lo hubiere. En caso contrario, lo sustituirá el maestro más antiguo en el centro y, si hubiese varios de igual antigüedad, el de mayor antigüedad en el Cuerpo.

 
Jefe de Estudios
 
 

Son competencias del Jefe de Estudios:

a) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico.
b) Sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad.
c) Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de maestros y alumnos en relación con el Proyecto educativo del centro, los Proyectos Curriculares de etapa y la Programación General anual y, además, velar por su ejecución.
d) Elaborar, en coordinación con los restantes órganos unipersonales, los horarios académicos de alumnos y maestros de acuerdo con los criterios aprobados por el Claustro y con el horario general incluido en la Programación General anual, así como velar por su estricto cumplimiento.
e) Coordinar las tareas de los equipos de ciclo.
f) Coordinar y dirigir la acción de los tutores y, en su caso, del maestro orientador del centro, conforme al plan de acción tutorial.
g) Coordinar, con la colaboración del representante del Claustro en el centro de profesores, las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y organizar las actividades de formación de profesores realizadas por el centro.
h) Organizar los actos académicos.
i) Coordinar la realización de actividades complementarias, según las directrices aprobadas por el Consejo Escolar del centro.
j) Coordinar e impulsar la participación de los alumnos en el centro.
k) Organizar la atención y cuidado de los alumnos en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.
l) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el Director dentro del ámbito de su competencia.

Al no haber en el centro Jefe de Estudios, el Director asume sus competencias.

 

 
Secretario

 

 

Son competencias del Secretario:

a) Ordenar el régimen administrativo del centro, de conformidad con las directrices del Director.
b) Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del centro, levantar acta de las sesiones de y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del Director.
c) Custodiar los libros y archivos del Centro.
d) Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.
e) Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado.
f) Custodiar y disponer la utilización de los medios audiovisuales y del material didáctico.
g) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y de servicios adscritos al centro.
h) Elaborar el anteproyecto de presupuesto del centro.
i) Ordenar el régimen económico del centro, de conformidad con las instrucciones del Director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.
j) Velar por el mantenimiento material del centro en todos sus aspectos, de acuerdo con las indicaciones del Director.
k) Cualquier otra función que le encomiende el Director dentro de su ámbito de competencias.

 

Organización

 
CLAUSTRO, COORDINACIONES Y TUTORÍAS
 

    Establecidos y formados según las directrices del Real Decreto 82/1.996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria ( B. O. E. de 20 de febrero), funcionan en este Centro los siguientes órganos:

  • Colegiados: Consejo Escolar y Claustro de Profesores
  • Unipersonales: Director/a, Jefe/a de Estudios y Secretario/a
  • Coordinación docente: Equipos de Ciclo, tutores y Coordinadores de Ciclo y Programas Educativos

Horarios

  

    El horario general
del Centro abarca desde las 9,00 a las 18,00 horas y la hora de obligada
permanencia del Profesorado en el Centro que es de 14,00 a 15,00 horas.
 


HORARIO
GENERAL DEL CENTRO


HORARIO
DE MAÑANA


HORARIO
DE TARDE


ENTRADA


RECREO


SALIDA


ENTRADA


SALIDA

9.00
12,0-12,30
14,00
16,00
18,00

SEXTA
HORA DEL PROFESORADO 14,00-15,00 y una tarde de 16,00 a 18,00


COMEDOR
ESCOLAR DE 13,00-15,00

 

    La
jornada lectiva en este Centro se desarrollará en sesión de mañaña
de 9,00 a 14,00 horas. La jornada no lectibva comienza a las 16,0 y
termina a las 18,00 horas. En esta jornada los alumnos y alumnas, que
libremente lo soliciten pueden realizar Actividades Formativas Complementarias.
 
  
En
la sesión de mañana, habrá un recreo entre las 12,00 horas y las 12,30
horas, para el alumnado de Educación Primaria y para Educación Infantil
dos recreos
de 20 minutos: El primero desde las 10,30 a las 10,50 horas y el segundo
desde las 12,00 a las 12,30 horas.
El horario del Comedor Escolar comienza a las 14,00 horas y finaliza
a las 15,00 horas.
La sexta hora de obligada permanencia en el Centro, se llevará a cabo
desde las 14,00 horas hasta las 15,00 horas de lunes a jueves y una
tarde de 16 a 18 horas, en la que se rotarán todos los Ciclos.
Este horario de obligada permanencia en el Centro se puede flexibilizar
siempre y cuando los profesores/as implicados realicen actividades extraescolares
o culturales. La hora dedicada a la acción tutorial en relación con
los padres se decidirá cada curso escolar. Para la distribución del
horario de esta sexta hora se tendrá en cuenta lo previsto en la Norma
reguladoras del funcionamiento de las escuelas de Educación Infantil
y de los Colegios de Educación Primaria(Real Decreto 82/1.996,).
Dentro de este horario general los distintos Equipos de Ciclo distribuyen
las distintas Áreas atendiendo a la normativa vigente (Orden de 27 de
abril sobre implantación de la Educación Primaria), teniendo siempre
en cuenta distribuir en primer lugar el horario de las Áreas impartidas
por especialistas: E. Física, Inglés y Música.

Los profesores/as que no completan las 25 horas lectivas semanales,
incluidas las dedicadas a vigilancia del alumnado en el recreo, se dedicarán:
– Apoyar
a los cargos directivos.
– Apoyar
a los alumnos/as con dificultades de aprendizaje.
– A
Coordinar los ciclos y los distintos programas que funcionan en el Centro:
Atenea, Mercurio, Biblioteca.
– Representar
al Centro ante el C.P.R. de Caminomorisco.
 
GUARDIAS DE RECREO 
 

La guardia de Colegio será
efectuada por dos profesores cada día, ( Orden de 29 de febrero de 1.996 Art. 79)
estableciéndose para ello un turno rotativo de todos los componentes del Claustro de
Profesores:

  • Dos profesores/as
    de E. Infantil y Tercer Ciclo de Educación Primaria.
  • Dos profesores/as
    de Primer y Tercer Ciclo de Educación Primarias.

Se colocará en lugar bien visible,
tanto para el alumnado como para el profesorado y resto de la Comunidad Educativa, el
turno de guardias para cada mes, al principio de cada uno de ellos. Serán funciones de
los profesores de guardia:

  • Anunciar de forma clara y audible,
    las distintas entradas y salidas de las aulas a las horas correspondientes, ya sean éstas
    para recreo o para propicio o fin de las sesiones.
  • La vigilancia efectiva y responsable
    del recreo atendiendo cualquier problema que pueda surgir entre el alumnado. 

GUARDIAS DE COMEDOR

Estas guardias
las realizan monitores contratados por la Empresa adjudicataria del
Servicio de Comedor, en el número que estipula la Ley reguladora del
funcionamiento de Comedores Escolares ( Orden de 24 de noviembre de
1.992 Art.13). Dichas guardias se llevarán a cabo desde las 14,00 horas
hasta las 15,00 horas. Serán funciones del personal de guardia:

  • Anunciar la entrada y salida al
    comedor.
  • Vigilancia efectiva y responsable
    tanto del período de la comida como del anterior y posterior a la misma. Al aumentar
    considerablemente el número de alumnos/as de E. Infantil, y precisar éstos de una
    atención individual (servir, cortar y ayudar a comer), los monitores deberán prestar una
    atención especial a este alumnado.

 

TRANSPORTE ESCOLAR  

Para facilitar el
acceso al Centro del alumnado de las alquerías, se ha establecido una
ruta de Transporte Escolar: Dicha ruta recoge a los alumnos/as de los
diseminados de Cambroncino (7 km.), Cambrón (6,5 km.), La Huerta (3,5
km.), La Dehesilla (1 km.) y Aceña (2 km.). El tiempo estimado para el
traslado de los mismos es de unos 20 minutos y, por tanto, la salida de
Cambroncino se fija a las 8,30 horas, pasando sucesivamente por el resto
de las alquerías antes mencionadas. Los niños y niñas serán recogidos
en la plaza y en el puente de Cambroncino y en la parada de autobuses
o volvedero en el resto de las alquerías, excepto en Aceña que los recogen
a la entrada y en el volvedero.
Los alumnos y alumnas transportados tienen derecho, gratuitamente, al servicio de Comedor
escolar.
El traslado y vigilancia de los alumnos/as durante el tiempo invertido en el transporte es
competencia de la empresa adjudicataria.

Historia

 

    La historia de nuestro centro se podría resumir así: El edificio data de principios del siglo XX según el proyecto del arquitecto D. Manuel del Busto aprobado por R.D. de 30.04.1908 del Ministerio de Instrucción Pública, adjudicando al constructor D. Sabino Álvarez que entrega las obras en Septiembre de 1911 En sus aulas y en los talleres posteriores derruidos años más tarde para edificar el “Ateneo” (Cátedra de Extensión Universitaria) se impartieron clases de Peritaje y Técnica Industrial además de Artes y Oficios durante 36 años, hasta Julio de 1949 en que se produce el relevo del edificio para el “GRUPO ESCOLAR JOVELLANOS”. Es cuando las Escuelas de Peritos y Elemental de Trabajo pasan a su nuevo y actual edificio de la C/ Manuel Llaneza, 75 de Gijón dejando el antiguo para el nuevo Grupo Escolar que funcionará como Escuela de Niños exclusivamente hasta Septiembre de 1980 que se convierte en Colegio Mixto de Niños y Niñas. De aquella época se conservan adosadas a las paredes de la entrada y de los vestíbulos de ambas plantas, grandes estampas en cerámica tipo Talavera que nos hablan de seguridad e higiene en el trabajo. A través de estos 53 años, la historia del C. P. “Jovellanos” ha pasado por múltiples y muy diferentes etapas. En 1932 los estudios del Instituto van al antiguos colegio de la Inmaculada y casi simultáneamente se crea en ese mismo edificio una escuela graduada con el nombre de ESCUELA NACIONAL GRADUADA DE LA CARRETERA DE CEARES siendo director D. Jacinto Roza Ordóñez.
Los sucesos revolucionarios de octubre de 1934 motivan que esta escuela graduada sea trasladada a las dependencias del antiguo Instituto Jovellanos aunque conservando su nombre, donde coexistirá aunque parezca difícil de entender con el cuartel de los Guardias de Asalto allí instalado también de modo provisional.
Cuatro años después no hay local para esta Escuela Nacional Graduada de la Carretera de Ceares y sus maestros se desparraman por otras escuelas de Gijón, hasta que en 1941 se reagrupan de nuevo con 6 maestros en la 1ª planta del reinaugurado Parque de Bomberos que ocupan la planta baja del edificio, hoy sede de la Policía Local de Gijón. Ahí precisamente se constituye la 1ª Asociación de Antiguos Alumnos de un centro de enseñanza primaria de Gijón un 21 de marzo de 1945
Y de ahí pasamos ya al actual edificio de la C/ La Merced, nº 38: en su acta nº 11 (de 12.de abril.1950), aparece la inauguración oficial de los nuevos locales situados en la antigua Escuela de Peritos con 10 maestros, 2 maestras y siendo su director D. Ignacio Pérez Lanza.
Ante su nueva y ya definitiva ubicación, se cambia también el nombre del centro escolar y en el B.O.E.de 9.05.1953 (O.M. 24.04.53) se autoriza el nuevo nombre de “GRUPO ESCOLAR JOVELLANOS” que sigue grabado sobre la piedra de la monumental puerta principal del colegio.

 

TOMADO DEL COLEGIO PÚBLICO JOVELLANOS, GIJÓN